Los tableros son equipos eléctricos de una
instalación, que concentran dispositivos de protección y de maniobra o comando,
desde los cuales se puede proteger y operar toda la instalación o parte de
ella. La cantidad de tableros que sea necesario para el comando y protección de
una instalación se determinará buscando salvaguardar la seguridad y tratando de
obtener la mejor funcionalidad y flexibilidad en la operación de dicha
instalación, tomando en cuenta la distribución y finalidad de cada uno de los recintos
en que estén subdivididos el o los edificios componentes de la propiedad.
Los
tableros deben ser instalados en lugares seguros y fácilmente accesibles,
teniendo en cuenta las condiciones particulares siguientes:
- Los tableros de locales de reunión de personas se ubicarán en recintos sólo accesibles al personal de operación y administración.
- En caso de ser necesaria la instalación de tableros en recintos peligrosos, éstos deberán ser construidos utilizando equipos y métodos constructivos acorde a las normas específicas sobre la materia.
- Todos los tableros deberán llevar estampada en forma visible, legible e indeleble la marca de fabricación, la tensión de servicio, la corriente nominal y el número de fases. El responsable de la instalación deberá agregar en su oportunidad su nombre o marca registrada.
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